SEGUROS COLECTIVOS DE VIDA
¿Qué es un seguro de vida colectivo?
El Seguro de Vida Colectivo es un contrato de Seguro bajo el cual hay varias personas aseguradas. Las personas que están bajo la cobertura de este tipo de pólizas tienen siempre una vinculación con un colectivo determinado. Normalmente, los asegurados de un Seguro Colectivo forman parte de:
- Una institución pública
- Un colegio profesional
- Un sindicato
- Una empresa o pyme
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Modalidades:
- Seguro Colectivo Nominado: Este tipo de Seguro está pensado para asegurar a grupos menos numerosos. Lo que diferencia a estos Seguros de Vida Colectivos es que en la póliza se detallan quiénes son las personas aseguradas, incluyendo su nombre y la profesión de cada uno de los integrantes asegurados así como otros datos que puedan interesar, como prestaciones o capitales.
- Seguro Colectivo Innominado: Estos Seguros están pensados para asegurar a grupos más numerosos. En estas pólizas se establece quiénes son los asegurados describiendo simplemente su profesión o actividad relacionada con el organismo o empresa que contrata el Seguro.
Otras características de los Seguros de Vida Colectivos
No requieren revisión médica
Las personas incluidas en la póliza tan sólo deben cumplimentar un cuestionario en el que se responden preguntas relativas a la salud y a la economía del asegurado.
Edad de Vencimiento
En los Seguros Colectivos se establece una edad de vencimiento de entre 65 y 70 años para todos los miembros del grupo asegurado. Conviene aclarar que esto es independiente de la edad que tuviese cada integrante en el momento de contratarlo.
Fiscalidad de los Seguros de Vida Colectivos
La fiscalidad de los Seguros de Vida Colectivos es una de las razones que anima a muchas a empresas a contratar este tipo de productos.
La prima de estas pólizas se deduce íntegramente en el Impuesto de Sociedades de la empresa, ya que debe imputarse obligatoriamente a los empleados asegurados. Además, la prima imputada al empleado se considera como rendimientos del trabajo.
Principales Coberturas
Cobertura de Fallecimiento
Los Seguros de Vida Colectivos prevén una indemnización en caso de fallecimiento. Algunas aseguradoras incluyen un capital adicional si la persona ha fallecido en un accidente de circulación o laboral.
Incapacidad permanente y absoluta
Por causa de un accidente o por enfermedad, el asegurado puede quedar incapacitado para continuar trabajando de forma permanente. En esta situación de incapacidad permanente y absoluta, se adelanta el pago del capital contratado al beneficiario.
Incapacidad total
En el caso de sufrir una incapacidad total a causa de un accidente o por enfermedad, el asegurado queda en una situación que le impide trabajar de forma irreversible. En esta situación el Seguro también adelanta el pago del capital contratado.
Coberturas adicionales
En algunas ofertas de Seguros de Vida Colectivos se incluyen otras coberturas adicionales, como pueden ser:
- Capital adicional por fallecimiento por accidente.
- Incapacidad total y permanente por accidente.
- Fallecimiento por accidente laboral.
- Fallecimiento por accidente de circulación.
Además, este tipo de Seguros de Vida pueden incluir diversos servicios y garantías, como Seguros de Accidentes personales o de gastos médicos, pero todo eso depende de las ofertas de las distintas aseguradoras.
Hay muchos Seguros de Vida y para cada empresa o institución existe un Seguro Colectivo a medida. Desde Global Solvens te asesoramos al contratar un Seguro Colectivo de Vida para tus trabajadores, para que tengas las coberturas adecuadas al mejor precio. Nuestros expertos en Seguros te acompañarán en la contratación de la póliza y responderán a todas las dudas que se puedan presentar.
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