PLANES DE PREVISIÓN SOCIAL
¿Qué son los Planes de Previsión Social?
Los planes de previsión social empresarial (PPSE) son un sistema de previsión social colectivo que las empresas pueden promover para sus trabajadores, con idénticas características que los planes de pensiones de empleo en cuanto a ventajas y tratamiento fiscal, pero siempre tienen que garantizar una rentabilidad a la finalización.
Es incompatible en la misma empresa con un plan de pensiones de empleo y compatible con un seguro colectivo de instrumentación de compromisos por pensiones. Desde el momento en que la empresa realiza las aportaciones al PPSE (cuando se cumplen las condiciones establecidas en el convenio de tu empresa o en tu contrato de trabajo) son tuyas (las aportaciones que realiza la empresa son irrevocables).
En algunos casos, se permiten también aportaciones de los trabajadores. Cuando una empresa implanta un PPSE, debe implantarlo para toda la plantilla (principio de no discriminación), aunque los niveles de aportaciones pueden ser distintos para las diferentes categorías profesionales.
Es importante que ahorres a tiempo y que entiendas qué solución se adapta mejor a la forma en la que tú quieres ahorrar.
Tratamiento Fiscal:
- Aportaciones: Tributan como renta del trabajo pero puedes reducirte las aportaciones que realice la empresa por ti o las que realices tú mismo en la base imponible del IRPF. El límite máximo de aportación es de 8.000 euros al año (este límite no es independiente del de los planes de pensiones individuales. Si tu empresa te aporta 4.000 euros al año a un PPSE sólo podrás aportar un máximo de 4.000 euros a un plan de pensiones individual o a un PPA).
- Los criterios señalados son orientativos en función de los cambios legislativos que se apliquen en cada momento.
- Prestaciones: Sólo tributaré cuando lo cobre (diferimiento de la tributación). La prestación tributará como rendimientos del trabajo (al marginal del IRPF). Puedes cobrarlo en la forma que establezca el compromiso por pensiones.
Preguntas sobre los Planes de previsión social. Haz click en las preguntas para ver las respuestas.
No. Se trata de un producto ilíquido hasta la jubilación, y no podrás disponer del ahorro acumulado, salvo en circunstancias excepcionales (enfermedad grave o desempleo de larga duración).
Si. En caso de cese o extinción de la relación laboral con tu empresa puedes movilizarlo al plan de pensiones de empleo o PPSE de tu nueva empresa (si lo tienen).
En caso de que tu nueva empresa no tenga implantado un sistema colectivo de previsión social, se permite la movilización a un plan de pensiones individual o a un PPA pero con ciertas limitaciones fiscales.
Sí. El PPSE siempre me garantiza que cuando me vaya a jubilar al menos recuperaré el 100% del dinero que he invertido en el producto más una rentabilidad adicional (no puedo tener pérdidas si lo cobro cuando me jubile).
Hay modalidades de PPSE que me garantizan que si se moviliza el producto por cese o extinción de la relación laboral con tu empresa antes de la jubilación recuperarás al menos el dinero que la empresa ha aportado por ti, mientras que otras modalidades de PPSE no me lo garantizan y podrías llegar a perder parte de las aportaciones que la empresa ha realizado por ti si se moviliza el producto por cese o extinción de la relación laboral con tu empresa antes de la jubilación.
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